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AÑO 60 | Nº EDICIÓN 20007

 

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Se viola derecho a educación al impedir construcción de la UAP

Jueves 27 de Diciembre de 2012
         


Nalleli FALCÓN ÁLVAREZ

 

Señala el abogado Julio Javier Zenteno que desde 2001 las autoridades en turno han tratado de anular la donación de un terreno a la Universidad Autónoma del Pacífico; expone que fue legal

A 11 años de que el ayuntamiento capitalino donó a la Universidad Autónoma del Pacifico (UAP) un terreno para que esta institución educativa construya en Colima sus instalaciones, y luego de que la comuna iniciara un juicio para que dicho predio regresara a ser de su propiedad, el cual ha sido declarado improcedente, Julio Javier Zenteno Delgado afirmó que con este actuar se están violando los derechos humanos a la educación y a la cultura.
En entrevista con Diario de Colima, el abogado explicó que “estos derechos y obligaciones son otorgados, tanto a los particulares, como a las autoridades administrativas, por lo que hace al establecimiento y dirección de las instituciones educativas y de enseñanza. Por lo tanto, la Universidad Autónoma del Pacífico goza de los derechos humanos fundamentales elevados a rango constitucional de conformidad con las recientes reformas al artículo 1 y 133 Constitucional”.
Recordó que el terreno se donó el 14 de octubre de 2000 y que dicho decreto se publicó en el Periódico Oficial El Estado de Colima. Y que es desde 2001 que las autoridades en turno han tratado de anular la donación, que, afirmó, fue hecha de manera legal a la institución educativa.
Dijo que confían en que el gobierno que encabeza Federico Rangel Lozano será promotor garante de la educación, y recordó que recientemente el alcalde capitalino ratificó su compromiso de impulsar un gobierno educador.


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Tras señalar que la donación de terreno a la Universidad Autónoma del Pacifico (UAP) se realizó de manera legal, el abogado Julio Javier Zenteno Delgado señaló que el ayuntamiento de Colima, al tratar de anular dicho procedimiento, está violando los derechos humanos a la educación y a la cultura.
“Es necesario tener en cuenta los tratados internacionales en materia de derechos humanos, de los que México forma parte, y que reconocen como derechos fundamentales los derechos culturales, que son los que aseguran a todo individuo su acceso a la educación y su libre participación en la vida cultural”, expresó.
Asimismo, dijo, tales derechos son reconocidos como fundamentales por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Y recalcó que el hecho de impedir a la UAP despliegue sus actividades hacia una enseñanza que contribuya a mejorar la convivencia humana y que fomente el pleno desarrollo de las facultades del ser humano, “y de restringirle la posibilidad real y material de construir las instalaciones universitarias y de impartir la educación en las modalidades y términos previstos por el artículo tercero constitucional, constituyen actos que transgreden y socavan de forma directa e indirecta los derechos humanos a la educación y a la cultura”.
Citó el artículo 13 del Protocolo de San Salvador, perteneciente a la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cuyos aspectos, aseguró, son adicionales al Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales y que establece que toda persona tiene derecho a la educación.
“Estos derechos y obligaciones son otorgados tanto a los particulares como a las autoridades administrativas, por lo que hace al establecimiento y dirección de las instituciones educativas y de enseñanza. Por lo tanto, la Universidad Autónoma del Pacífico goza de los derechos humanos fundamentales elevados a rango constitucional de conformidad con las recientes reformas al artículo 1 y 133 Constitucional”, agregó.
Puntualizó que hoy en día los derechos humanos constituyen un eje rector de interpretación; donde todas las autoridades tienen la obligación de protegerlos, además de prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, sin excepción alguna.
Bajo esa perspectiva, dijo, confían en que el gobierno que encabeza Federico Rangel Lozano será promotor garante de la educación, y recordó que recientemente el alcalde capitalino ratificó su compromiso de impulsar un gobierno educador, “el cual, dijo, brindará las herramientas necesarias para que los alumnos puedan sentar las bases y enfrentarse a los retos del mañana, y donde textualmente mencionó: ‘Por eso, la educación será prioridad en mi gobierno’”, expresó.
Insistió en que con lo anterior no sólo se beneficia la Universidad Autónoma del Pacífico, sino a toda la sociedad colimense, “al tener mayores instalaciones educativas”.

SOBRE LA DONACIÓN

Recordó que el terreno se donó el 14 de octubre de 2000 y que dicho decreto se publicó en el Periódico Oficial El Estado de Colima. Y que es desde 2001 que las autoridades en turno han tratado de anular la donación, que, afirmó, fue hecha de manera legal a la institución educativa.
“Muestra de ello, fue cuando en 2001 el Cabildo revocó la donación y la Universidad tuvo que acudir en su defensa al Tribunal de lo Contencioso Administrativo, obteniendo sentencia favorable, ya que se declaró se violaban en perjuicio de la institución educativa las garantías constitucionales consagradas en los artículos 14 y 16 de la Carta Magna”, expresó.
Agregó que en diversas ocasiones fueron clausuradas las obras de construcción, actos que también fueron combatidos ante el Tribunal de lo Contencioso, donde también obtuvieron sentencias favorables.
Refirió que en abril de 2011 se inició un juicio de lesividad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, a través del cual la autoridad municipal buscó anular la donación y que el terreno regrese a ser parte de su patrimonio, “en primer instancia la resolución fue a favor de la comuna, sin embargo, en uso de su derecho la Universidad Autónoma del Pacífico acudió al Amparo Directo ante el Tribunal Colegido del Trigésimo Segundo Circuito, en el cual se le concedió la protección y justicia de la Unión”, apuntó.
Añadió que recientemente el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, en cumplimiento a la ejecutoria de amparo, declaró que el juicio de lesividad fue improcedente, “porque se consideró que el Estado practicó dos funciones: una como persona de derecho público ejerciendo imperio y otra de representante de los derechos patrimoniales del dominio privado”, concluyó.

 

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