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Aumentan sanciones por obligar a abortar



Jueves 25 de Agosto de 2016 9:31 am

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De 3 a 5 años de prisión y multa mayor al millón de pesos


De acuerdo a los diversos cambios hechos al Código Penal para el Estado de Colima y específicamente al artículo 139 por el Congreso del Estado, si un hombre lleva al aborto a una mujer sin tener autorización legal, tendrá de 3 a 5 años de prisión y una multa mayor al millón de pesos.

Sin embargo, cuando no exista el consentimiento de la mujer para la realización de un aborto, la prisión será de 5 a 8 años y la sanción podría llegar arriba de los 2 millones de pesos.

Pero hay más, y la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales decidió ir más lejos: si acaso el aborto se realizó mediante violencia física, los años en cárcel se elevarán a 10 y un castigo monetario por encima de los 2 millones y medio de pesos mensuales.

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Armando MARTÍNEZ OROZCO



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