Aumentan sanciones por obligar a abortar
Jueves 25 de Agosto de 2016 9:31 am
+ -De 3 a 5 años de prisión y multa mayor al millón de pesos
De acuerdo a los diversos cambios hechos al Código Penal para el Estado de Colima y específicamente al artículo 139 por el Congreso del Estado, si un hombre lleva al aborto a una mujer sin tener autorización legal, tendrá de 3 a 5 años de prisión y una multa mayor al millón de pesos.
Sin embargo, cuando no exista el consentimiento de la mujer para la realización de un aborto, la prisión será de 5 a 8 años y la sanción podría llegar arriba de los 2 millones de pesos.
Pero hay más, y la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales decidió ir más lejos: si acaso el aborto se realizó mediante violencia física, los años en cárcel se elevarán a 10 y un castigo monetario por encima de los 2 millones y medio de pesos mensuales.